La colección de Constituciones originales que custodia el Archivo del Congreso de los Diputados está formada por piezas clave tanto por su valor jurídico-político como histórico e incluso artístico de las que iremos hablando en sucesivas publicaciones. En este artículo me centro en hablar de la Constitución Española de 1978, la cual acaba de cumplir 42 años desde su nacimiento un 6 de diciembre después de ser aprobado el texto definitivo por las Cortes tras su votación en referéndum por parte del pueblo español. Aunque este artículo se focalizará en el texto original de la Constitución, no quisiera dejar de mencionar su expediente completo de tramitación parlamentaria, conservado también en el Congreso de los Diputados, que nos permite conocer cómo fue su proceso de elaboración. Este expediente se compone de los documentos originales presentados por diputados, senadores y grupos parlamentarios, de los borradores del anteproyecto constitucional elaborados por los grupos y las enmiendas llamadas «in voce» que se presentaron en el transcurso del debate y no se publicaron (App.congreso, 2003).
Pero… ¿qué es una Constitución? como indica la Real Academia de la lengua Española, quiere decir “fundar algo” (RAE, 2020). En este caso, la ley fundamental de un Estado en el cual se entablece la separación de poderes, definiendo y creando los poderes constituidos (legislativo, ejecutivo y judicial). Su importancia recae en poseer rango superior al resto de normas jurídicas del Estado, ello quiere decir que ninguna ley puede contradecir lo escrito en este conjunto de principios, normas y reglas que pretenden establecer la forma de un Estado de derecho.
Nuestra Carta Magna tiene como finalidad proteger los derechos e intereses de todos los españoles a través de la siguiente estructura: un preámbulo, 169 artículos dispuestos en un título preliminar y diez títulos numerados, cuatro disposiciones adicionales, nueve transitorias, una derogatoria y una final. Se trata de una configuración copiada del modelo francés, disponiendo su contenido de una parte dogmática, en donde se encuentran los principios constitucionales y los derechos fundamentales; y otra parte orgánica, con la división de poderes y la organización política y territorial.
El preámbulo, redactado por Enrique Tierno Galván junto con Donato Fuejo Lago, Raúl Morodo Leoncio, Pablo Lucas Verdú y Enrique Linde Paniagua. Bajo un enfoque idealista (Tajadura Tejada, J. 1999) esboza los objetivos fundamentales de la Constitución y pone el acento en los valores democráticos, los derechos humanos y la consagración del Estado de derecho. La parte dogmática comprende el Título preliminar (artículos 1 al 9), hasta el Título I (artículos 10 al 55), dedicado a “De los Derechos y Deberes Fundamentales” que es donde se establecen los principios programáticos que inspiran el orden político. La parte orgánica se establece desde el Título II (artículos 56 al 65), hasta el Título X (artículos 166 al 169). Esta parte versa sobre el diseño de la estructura del Estado de forma política y jurídica, donde se regulan los órganos básicos que ejercen los poderes estatales. Tanto la parte dogmática como la parte orgánica fueron redactadas por los siete políticos conocidos como “los padres de la Constitución”: Gabriel Cisneros Laborda, Miguel Herrero y Rodríguez Miñón, José Pedro Pérez-Llorca Rodrigo, Gregorio Peces-Barba Martínez, Jordi Solé Tura, Manuel Fraga Iribarne y Miquel Roca i Junyent. Y como curiosidad, el texto fue revisado por el premio Nobel Camilo José Cela, debido a que el escritor fue nombrado senador por el Rey en las primeras Cortes que se convocaron en la Transición.
La Constitución Española de 1978 es polivalente e intencionadamente ambigua, tal y como señala la Sentencia 11/1981 del Tribunal Constitucional, con el fin de constituir un marco de coincidencias suficientemente amplio para que dentro del mismo quepan opciones políticas de muy diversa índole. Además, aunque presume de ser un texto rígido, no deja de ser un texto vivo y por tanto a lo largo de su historia ha tenido que ir adaptándose a los cambios. Concretamente ha sido reformada en dos ocasiones. La primera en 1992 a consecuencia de la entrada de España en la Unión Europea en 1986, para añadir en el artículo 13.2 “y pasivo”, cuyo texto original es custodiado por el Archivo del Congreso. Se trata de un impreso como el publicado en el Boletín Oficial del Estado, firmado por el Rey y refrendado por el Presidente del Gobierno (Maciá, 2007). La segunda en 2011, a consecuencia de la crisis económica de 2008 donde se sustituye íntegramente el artículo 135 con el fin de “garantizar el principio de estabilidad presupuestaria vinculando a todas las Administraciones Publicas, reforzar el compromiso de España con la Unión Europea y garantizar la sostenibilidad económica y social” (App.congreso, 2003).
El texto original se encuentra encuadernado en piel roja con estuche realizado por Angulo y Jiménez Encuadernaciones e impreso en un papel color crema con cantos dorados. Como peculiaridad, está maquetado de la misma forma que se publicó en el Boletín Oficial del Estado (Constitución 40, 2018): en formato de columna y con la misma tipografía. En el interior, está firmado en el acto de Sanción llevado a cabo el 27 de diciembre de 1978, en primera página por el rey Juan Carlos I, el presidente de las Cortes Antonio Hernández Gil y los del Congreso y el Senado, Fernando Álvarez de Miranda y Antonio Fontán; y en páginas alternas del cuerpo del texto bajo las abreviaturas Vº Bº (1) la de Adolfo Suárez, presidente del Gobierno.
Nuestra Constitución, según datos de la Biblioteca Nacional (2), tiene registradas más de 500 ediciones diferentes en su fondo documental. Desde la edición masiva en forma de “folleto” que se envió a los hogares españoles para que los ciudadanos participaran en el referéndum del 6 de diciembre. Pasando por ediciones de bolsillo y ejemplares únicos, además de formatos digitales desde en CD hasta en línea, como la que ofrece la propia web del Congreso de los Diputados, donde encontramos Constituciones en las lenguas cooficiales y también traducidas a idiomas de otros paises como en inglés, francés, italiano y alemán. Y sin olvidar las Constituciones accesibles, en braille, en audio y de lectura fácil (Constitución 40, 2018).
Sin querer entrar en detalles de sus numerosas ediciones, me gustaría reseñar por su componente anecdótico, la confección de tres ejemplares originales caligráficos de carácter no oficial para Casa Real, el Congreso y el Senado firmados por el Rey, los presidentes de las Cortes además de los diputados y senadores de la legislatura 1979-1982 (Maciá, 2007). Estas ediciones de lujo realizadas en 1979 por el pendolista Luis Moreno, de la que existen varias ediciones facsímiles, siendo una de ellas la utilizada por Felipe VI para jurar la Constitución en su proclamación como Rey de España.
Para finalizar, desearía resaltar un par de ediciones muy interesantes por su vinculación con el arte, una de ellas editada en grandes dimensiones y de unos 10 kg de peso, realizada en 1981 por Colecciones Privadas Arte Contemporáneo con una tirada de 250 ejemplares. Destacan los 41 grabados de 40 artistas españoles contemporáneos como Joan Miró, Subirach, Eusebio Sempere, Juan Genovés, Modest Cuixart, Equipo Crónica o Antonio Saura. La otra edición a destacar es la de Forges en 1978, el cual realizó una colección formada por 4 fascículos con los textos originales de la Constitución acompañada de ilustraciones explicativas, donde bajo un tinte didactico presenta a la Constitución con una figura alegórica de una madre que cuida de todos los españoles.
Notas:
(1) Visto Bueno.
(2) Dato sacado de la consulta del catálogo el línea de la BNE en noviembre 2020.
Bibligrafía:
- App.congreso. 2003. [Fecha de consulta: 27/10/2020]. Disponible es: https://app.congreso.es/consti/index.htm
- Catálogo BNE. [Fecha de consulta: 1/11/2020]. Disponible en: http://catalogo.bne.es/uhtbin/webcat
- Congreso de los Diputados. Constituciones Españolas 1812-1978. [Fecha de consulta: 4/10/2020]. Disponible en: http://www.congreso.es/portal/page/portal/Congreso/Congreso/Hist_Normas/ConstEsp1812_1978
- Constitución 40. 3/12/2018. [Fecha de consulta: 4/10/2020]. Disponible en: https://www.constitucion40.com/los-originales-de-las-constituciones-han-salido-del-archivo-del-congreso-y-podras-verlas-hasta-mayo/
- RAE. 2020. [Fecha de consulta: 24/10/2020]. Disponible en: https://dle.rae.es/constituci%C3%B3n
- Sentencia Tribunal Constitucional 11/1981, de 8 de abril. (BOE núm. 99, de 25 de abril de 1981).
- Tajadura Tejada, Javier. (1999) Enrique Tierno Galván y el Preámbulo de la Constitución española de 1978. Sistema: revista de ciencias sociales (nº 150), págs. 51-72.
- Maciá, Mateo. 2007. Constituciones españolas : 1812-1978. Constituciones originales y constituciones impresas: divagaciones bibliográficas. Universidad de Alicante, págs. 17-25.
FICHA DEL DOCUMENTO
Serie: ACD Sección Leyes y Constituciones
Signatura: P – 0004 – 00017
Año de creación: 1978
Institución: Congreso de los Diputados
Consulta el documento original en línea: (pincha aquí)
*Imagen de portada: Portada del texto original de la Constitución de 1978. Federico Reparaz (Archivo del Congreso de los Diputados).
Información y documentación facilitada por: Archivo del Congreso de los Diputados